Un fallo histórico pone freno a la explotación de litio en Argentina

La lucha de los pueblos originarios y las asambleas socioambientales da sus frutos, en lo que significa un duro golpe para las multinacionales mineras de litio.

CECILIA VALDEZ

Desde hace años la explotación de litio en Argentina despierta un enorme descontento entre la población autóctona por su impacto en el medio ambiente y en las condiciones de vida. Tras una demanda de asambleas socioambientales y pueblos originarios, el máximo tribunal provincial de Catamarca ha prohibido la entrega de nuevos permisos para su explotación y ordenado que se realicen estudios sobre el impacto de todos los proyectos de la región, lo que significa un duro golpe para las multinacionales del litio y el gobierno provincial.

El litio, también conocido como “oro blanco”, es un recurso esencial para las baterías de los dispositivos electrónicos, y para la tan mentada transición energética, que implica el reemplazo de combustibles fósiles (como el petróleo o el gas natural) por otros que permitan reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

La triple zona de frontera entre Bolivia, Chile y Argentina (conocida como Triángulo del litio), cuenta con salares y lagunas altoandinas, que representan grandes fuentes minerales. También son ecosistemas únicos y ambientes naturales de gran complejidad y fragilidad, por lo que la extracción de litio por salmuera, que requiere grandes cantidades de agua en zonas que sufren estrés hídrico, complica las condiciones de vida de esos lugares.

Pueblos originarios y vecinos rechazan la minería de litio por sus impactos ambientales y sociales, y por violar los derechos indígenas vigentes en leyes nacionales y tratados internacionales de derechos humanos. La Constitución Nacional argentina establece que “corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio” (art. 124), y, en 1994, incorporó un reconocimiento de la preexistencia de las comunidades indígenas y sus territorios comunitarios.

En este caso, los derechos vulnerados tienen que ver con la consulta previa, libre e informada, ya que la ley establece que quienes estén territorialmente implicados tienen la obligación de ser informados y acceder a mecanismos de participación ciudadana.

El fallo histórico, que se conoció hace unas pocas semanas, tiene detrás una lucha de años y consideró que había “lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada” en 2021 por el cacique Román Guitián, en representación de la comunidad Atacameños del Altiplano de Antofagasta de la Sierra, contra los estados nacional y provincial. 

La Corte de Justicia de Catamarca dicta sentencia contra el gobierno provincial y le exige corregir las autorizaciones otorgadas a las empresas mineras por extracción de litio en el Salar del Hombre Muerto en Antofagasta de la Sierra”, explicó el abogado Santiago Kosicki, en una nota del portal Agencia Tierra Viva. En su resolución, la Corte exige la elaboración de un informe de impacto ambiental acumulativo e integral sobre todo el Salar y, en particular, sobre el río Los Patos. 

La falta de agua de la población es una de las consecuencias más inmediatas que denuncia el ambientalismo, además de aclarar que no se trata de minería de litio sino minería del agua. La Puna (región altiplánica), es un ecosistema muy árido cuyas reservas de agua se han ido acumulando durante muchos años. Las empresas extraen sin límites y secan las cuencas, y, ante la falta de agua en un lugar, optan por sacar agua de otro.

Esto es lo que sucedió con el río Trapiche, al agotarse esa fuente -de la que se extraían 380 mil litros de agua por hora-, la empresa Livent (en 2023 se fusionó con la multinacional Allkem, creando la tercera litífera más grande del mundo, que ahora opera en Catamarca bajo el nombre de Arcadium), decidió mudarse al río Los Patos -que es la principal fuente de agua de toda la puna catamarqueña-, y construir allí un nuevo acueducto, a 32 km del Trapiche.  

Lo que tenemos en Catamarca, y en Argentina, es minería en salares, que son las partes más bajas de las cuencas donde se termina evaporando toda el agua que escurre después de la lluvia en millones de años y se va llevando minerales de todos los cerros hacia un solo sector”, cuenta Evelyn Vallejos, gestora ambiental e integrante de la organización Pucará.

El fallo judicial también establece que se contemple la afectación total de las compañías que han solicitado autorización para el uso y extracción de agua, y su potencialidad de transformar el medio ambiente en una misma área geográfica.

Asimismo, el nuevo informe deberá medir el impacto de todos los proyectos de todas las empresas juntas (y no cada proyecto de forma individual), para saber cuánto afectarán todas las extracciones de agua de todas las compañías al mismo tiempo.

Como señala el Licenciado en Filosofía e integrante de la Asamblea El Valle en Movimiento, Manuel Fontenla, “esta será una diferencia enorme en los balances y el resultado podrá darle, por primera vez al pueblo de Antofagasta y a la Comunidad Indígena, una idea del tamaño y las consecuencias socio-ambientales de la actividad minera en sus territorios».

Por último, el fallo destaca que el gobierno de la provincia de Catamarca actúa en detrimento de la normativa, y no provee la información pertinente a la población ni garantiza la participación y la consulta pública.

Respecto al gobierno nacional, indica que ha incumplido sus deberes al no garantizar los derechos de los pueblos originarios reconocidos en tratados de derechos humanos. También considera que la comunidad afectada no cuenta con información actualizada sobre al menos ocho proyectos de extracción de litio en el mismo acuífero (Acueducto del río Los Patos), inhabilita al gobierno para otorgar nuevos permisos a las empresas, y solicita suspender autorizaciones.

Cecilia Valdez es periodista argentina.

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